El Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Brasil, afirmó que no es posible designar a la inteligencia artificial como inventor en una solicitud de patente, con base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº9.279 de 1996 y en las disposiciones del Convenio de París.
La patente recientemente presentada en Brasil a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) (solicitud internacional PCT/IB2019/057809, referida a container de alimentos), fue pedida por el inventor Stephen Thaler, quien designó como inventor de la patente a DABUS, un sistema de inteligencia artificial creado por él mismo.
Según el instituto, amparándose en el artículo 6 de la mencionada Ley, establece que “al autor de un invención o modelo de utilidad le será asegurado el derecho de obtener la patente que le garantice la propiedad y que esa patente podrá ser solicitada en nombre propio, por los herederos o sucesores del autor, por el cesionario o por aquel a quien la ley o el contrato de trabajo o de prestación de servicios determine que pertenezca la titularidad”. De esta manera, ha determinado y ratificado que no puede designarse a una AI como inventor de una patente.



